Nuestros Servicios

AUTORIZACIÓN INICIAL DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA

Es una autorización inicial de residencia temporal y además un permiso de trabajo a un extranjero no residente en España, para que pueda realizar una actividad profesional y/o comercial lucrativa por cuenta propia.

ARRAIGO SOCIAL (MEDIOS DE VIDA, POR CUENTA PROPIA)

Es un permiso mediante el cual los extranjeros pueden regularizar su situación administrativa, y que se podrá conceder a aquellos ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de dos años, y no hayan sido solicitantes de asilo. Este permiso puede ser de residencia únicamente, o de residencia y trabajo, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, y en este último caso es que se requiere de la valoración y aprobación de un plan de negocios.

ARRAIGO SOCIOLABORAL

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de dos años y cuenten con uno o varios contratos de trabajo.

ELABORACIÓN PLAN DE NEGOCIOS PARA TRÁMITES DE EXTRANJERÍA

La obtención de una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia en España requiere la presentación de un Plan de Negocios que demuestre, de manera clara y convincente, la viabilidad y el impacto económico del proyecto. Conscientes de los desafíos que esto implica, nos encargamos de formular, estructurar y elaborar un Plan de Negocios profesional, coherente, realizable, y adaptado a las exigencias de la Oficina de Extranjería

VISADO/ ESTANCIA DE ESTUDIOS

Es una autorización de estancia de larga duración que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización de estudios, la cual debe iniciarse con una antelación mínima de dos meses a la fecha de comienzo de los estudios.

MODIFICACIÓN DE VISADO / ESTANCIAS DE ESTUDIOS A AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO.

Una vez el estudiante termine y apruebe sus estudios puede solicitar dentro del término legal, la modificación de su estatus migratorio a residente y paralelamente su autorización a trabajar por cuenta propia.

MODIFICACIÓN DE RESIDENCIA NO LUCRATIVA A AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA

Siendo la autorización de residencia no lucrativa, algo de carácter temporal que solicitan las personas extranjeras y sus familiares desde su país de origen que autoriza a residir en España sin realizar actividades laborales o profesionales, pero una vez terminada su vigencia de un año, el interesado puede solicitar su modificación a residencia y trabajo por cuenta propia.

RESIDENCIA NO LUCRATIVA

Es una autorización de residencia temporal que solicitan los extranjeros desde su país de origen, la cual permite residir en España sin realizar actividad laboral. Está orientada principalmente a personas que cuentan con recursos económicos suficientes para mantenerse sin necesidad de generar ingresos en este país.

PRÓRROGA DE VISADO/ESTANCIAS.

La autorización de estancia puede prorrogarse anualmente cuando el interesado acredite que sigue reuniendo los requisitos y condiciones tanto de carácter general como específicos respecto de la actividad para cuya realización fue autorizado a permanecer en España.  

ARRAIGO DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y anteriormente hayan sido titulares de una autorización de residencia que no hubiera sido otorgada por circunstancias excepcionales, en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

ARRAIGO SOCIOFORMATIVO

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a personas extranjeras que se hallen en España de forma continuada durante un periodo mínimo de dos años y estén matriculadas o cursando alguna de las formaciones referidas por la normativa vigente.

ARRAIGO FAMILIAR

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder en los siguientes supuestos: a) Cuando se trate de padre o madre, o tutor de un menor, nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. b) Ser quien preste apoyo a una persona con discapacidad, que sea nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante sea su familiar, tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella.

REAGRUPACIÓN FAMILIAR.

Es una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de las personas extranjeras residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por una persona extranjera residente. 

RESIDENCIA DE FAMILIAR DE ESPAÑOL.

Es una autorización de residencia temporal a la que podrá acceder la persona extranjera que no posea la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, ni de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo ni de Suiza y tenga con una persona de nacionalidad española una relación familiar.

RESIDENCIA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE

Los familiares de ciudadano español o de otro Estado miembro de la Unión Europea, o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con él o le acompañen, y vayan a residir en España por un período superior a tres meses, deberán solicitar y obtener una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

CERTIFICADO DE REGISTRO DE CIUDADANO DE LA UE

El “NIE verde» o «Certificado de Residencia Permanente en España» es el documento que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que van a residir en España por un periodo superior a tres meses.

VISADO PARA TELETRABAJADORES DE CARÁCTER INTERNACIONAL (nómada digital)

Esta figura sirve para solicitar una residencia por teletrabajo de carácter internacional a aquellos extranjeros que no pertenezcan a la UE, nacionales de terceros países que se desplazan a España para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos, y de telecomunicaciones.

PAREJAS DE HECHO Y TARJETA DE RESIDENCIA

Una pareja de hecho es una unión entre dos personas que desean convivir de manera estable y similar a un matrimonio, pero sin casarse, y para ello registran su relación en el Registro de Parejas de Hecho o Registro de Uniones de Hecho correspondiente, según la comunidad autónoma en la que vivan. Esta inscripción es uno de los requisitos para los procedimientos del numeral 12.

NACIONALIDAD POR RESIDENCIA

Una de las formas de obtención de la nacionalidad española es por residencia. Para ello es necesario residir en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Existen varios casos en los que el período de residencia exigido se reduce, por ejemplo: para los Nacionales de países iberoamericanos o sefardíes, son dos años.

RECURSOS

El recurso de reposición es una herramienta jurídica que tiene como objetivo principal corregir errores o vicios en las resoluciones administrativas denegatorias, que se consideran injustas o contrarias a los intereses del solicitante, y/o no hayan seguido el procedimiento administrativo adecuado. Es una vía de impugnación que permite solicitar a la propia autoridad que dictó la resolución que la reconsidere y la modifique.

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