
La Unión UATAE Andalucía continúa su labor informativa a sus asociados y asociadas, en este caso centradas en líneas de ayudas y convocatorias públicas impulsadas desde la Junta de Andalucía.
El gobierno andaluz convoca nuevas subvenciones bajo el Programa ‘Innovactiva’ destinadas a las personas jóvenes andaluzas o residentes de Andalucía, mayores de 18 y hasta 35 años (40 años en proyectos empresariales agrícolas o ganaderos).
El plazo comenzó el 7 de marzo de 2025 y finaliza el lunes 7 de abril de 2025.
El objeto de estas subvenciones es:
• La puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, a través de la constitución de empresas con forma jurídica societaria mercantil, o cooperativas y sociedades laborales constituidas al amparo de lo dispuesto en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.
• La constitución de la persona solicitante como persona empresaria individual autónoma.
Se priorizarán aquellos proyectos en los que la puesta en marcha y desarrollo de sus actividades se base en el uso y aplicación de las nuevas tecnologías, en concordancia con lo establecido en el apartado 12.a), relativo a los criterios de valoración. También es necesario que, en ambos casos, el domicilio fiscal de la empresa deberá radicar en Andalucía.
El trámite se realiza exclusivamente de forma electrónica en esta dirección. Si se realiza una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerir la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa.
Los formularios necesarios para la tramitación son:
• Anexo II-BIS. Derecho de oposición de las personas socias promotoras del formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos. Nº: 004357/A01 (Obligatorio)
• Anexo II. Alegaciones/Aceptación/Reformulación y presentación de documentos. Subvenciones para la puesta en funcionamiento de proyectos empresariales, con forma jurídica societaria o mediante la constitución de autónomos, por jóvenes andaluces . Nº: 004357/1 (Obligatorio)
• Anexo I. Solicitud. Subvenciones para la puesta en funcionamiento de proyectos empresariales, con forma jurídica societaria o mediante la constitución de autónomos, por jóvenes andaluces . Nº: 004356/1 (Obligatorio)
Los requisitos que deben cumplir para ser beneficiarias de estas subvenciones son:
• Tener, al menos, el Título de Educación Secundaria Obligatoria o certificado de profesionalidad de cualquier familia profesional.
• No haber sido personas beneficiarias de estas subvenciones en convocatorias anteriores, aunque hayan renunciado a la misma una vez concedida.
• Aún, cuando no hayan adquirido la condición de personas beneficiarias, no podrán solicitar las subvenciones previstas en estas bases aquellas personas que hayan figurado en la propuesta definitiva de resolución y hubiesen presentado su renuncia antes de formularse la Resolución de concesión definitiva, durante las tres convocatorias siguientes a aquella en la que se produjo la presentación de la renuncia.
Los requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
• Las exigencias de edad, titulación y de residencia, en su caso, se deberá cumplir a la fecha de presentación de la solicitud.
• Las titulaciones que se relacionan en el apartado anterior serán oficiales. En caso de que la persona solicitante aporte un título académico expedido en el extranjero, deberá presentar la correspondiente homologación del mismo expedida por los Organismos competentes, conforme a la normativa vigente en la materia.
• El requisito de edad deberá ser cumplido por la persona solicitante de la subvención y por el resto de las personas socias, para los supuestos de constitución de persona jurídica societaria, cuya normativa exija la concurrencia de otras personas socias.
• La titulación solo se exige respecto a la persona solicitante, con independencia de que sea cumplido por las personas restantes promotoras.
• Las personas socias promotoras deberán declarar, en la solicitud, los compromisos de ejecución que asumen en relación a la puesta en funcionamiento del proyecto, así como el porcentaje del importe de subvención a aplicar a cada uno de ellos.
• En el caso de solicitar la ayuda para constituirse como persona empresaria individual autónoma, deberá acreditar que no ha estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante el año inmediatamente anterior a la fecha inicial en que la resolución de convocatoria de las subvenciones produzca sus efectos, excepto si se está bajo la figura de autónomo familiar colaborador, siempre que el proyecto empresarial que se presenta a la convocatoria sea de nueva creación.
• Quedan excluidas del ámbito de estas ayudas las nuevas empresas surgidas a partir del cambio de la forma jurídica de una empresa anterior (personas trabajadoras autónomas o sociedad) ya existente y en activo.
La presentación de la solicitud por parte de uno de los socios promotores, excluirá la presentación de otras solicitudes para el mismo proyecto por parte de las restantes personas socias promotoras.
Las personas solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:
• En el caso de haber ejercido el derecho a oposición de la persona interesada de la consulta de sus datos:
o N.I.F. de la persona solicitante y del resto de las personas socias, en el caso de que existan.
o En el caso de que la persona solicitante no haya nacido en Andalucía, certificado acreditativo de residencia.
o En el caso de solicitar la ayuda para constituirse como persona empresaria individual autónoma, y se haya ejercido el derecho de oposición, deberá aportar informe de vida laboral del periodo relativo al año inmediatamente anterior a la fecha inicial en que la resolución de convocatoria de las subvenciones produzca sus efectos, acreditando que no ha estado dado de alta en el régimen especial de personas trabajadoras autónomas durante dicho periodo.
• Titulación exigida como requisito para obtener la condición de persona beneficiaria en el apartado 4.a. Deberá aportarse titulación académica oficial o certificado del órgano competente que acredite que la persona solicitante ha abonado las tasas para la expedición del título con el que concurra. En ambos casos, la fecha de expedición del documento deberá acreditar que el requisito de titulación se cumple a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
• Declaración acreditando que el importe de la ayuda propuesta no supera el importe total de ayudas “de minimis” durante el periodo del ejercicio fiscal en curso y de los dos ejercicios fiscales anteriores. El modelo de esta declaración se facilitará por el Instituto Andaluz de la Juventud y será publicado en la web del mismo.
• Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración. Para ello se aportará:
o Para el criterio 12.a).1.d), copia del/los título/s oficiales correspondiente/s.
o Para el criterio 12.a).1.f), informe del Centro de Innovación Tecnológica y Propiedad Industrial de Andalucía o de la Red de Oficinas de Transmisión de Resultados de Investigación de las Universidades Andaluzas
• En el caso de solicitar la ayuda para la ejecución de una obra en el inmueble dedicado a la actividad empresarial, la persona solicitante deberá aportar título de propiedad del mismo a su nombre.
Para el resto de criterios se valorará con la información aportada por la persona solicitante en los apartados correspondientes a los criterios de valoración, así como con la información aportada en los diversos apartados del Anexo I (DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN).
En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, se cumplimentará en el Anexo II, un nuevo resumen presupuestario y financiero, desglosando las partidas finales del nuevo presupuesto.
Toda la documentación debe ser original, copia auténtica, copia autenticada o copias digitalizadas de documentos originales en formato papel, de cuya veracidad y fidelidad con el original se responsabilizará la persona solicitante mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La aportación de tales copias implica la autorización al órgano gestor para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos.
El plazo de resolución/notificación es de 4 Meses. Contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Las personas interesadas pueden encontrar más información, en la web de la Junta de Andalucía. La Unión UATAE Andalucía está a disposición de sus asociados y asociadas para cualquier consulta o duda sobre la convocatoria o necesidades para su inscripción.
La Unión UATAE Andalucía está a disposición de sus asociados y asociadas para cualquier consulta o duda sobre la convocatoria o necesidades para su inscripción. El objetivo de esta iniciativa es contribuir al proyecto andaluz ‘Proyectando y consolidando el autoempleo en Andalucía. Tu plan’, que se presentará a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, que pretende promocionar el autoempleo en la Comunidad Autónoma mediante actividades de la Unión UATAE Andalucía y de otras entidades que apoyen a las personas trabajadoras autónomas y microempresas con insistencia especial en las áreas rurales andaluzas.