La Unión UATAE Andalucía informa a sus asociados y asociadas que se convoca para los años 2025 y 2026, la concesión de subvenciones de la línea 2 prevista en el artículo 1.2.b) de la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.

El objetivo de esta subvención es financiar las cuotas de cotización a la Seguridad Social devengadas por las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que hayan estado acogidas a la reducción prevista en los apartados 1 y 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, y a la bonificación prevista en el artículo 38 bis de dicha Ley, siempre que hayan completado el periodo continuado de duración en situación de alta como persona trabajadora autónoma previsto en el artículo 6.1 para tener derecho a la concesión de la subvención.

Las personas beneficiarias de estas subvenciones deberán cumplir algunos requisitos como son: Estar dadas de alta en el RETA, o en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, a la fecha de presentación de la solicitud; ser beneficiaria de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio; desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía; y contar con un plan de viabilidad de la actividad proyectada a la fecha de presentación de la solicitud. La cuenta de resultados previsional del citado plan deberá tener un resultado antes de impuesto positivo, mayor que cero en todas las anualidades.

La cuantía de la subvención será una cantidad a tanto alzado entre 2.000 euros y 5.500 euros, atendiendo al colectivo de personas de que se trate, cuya cuantía individualizada se determina en la presente convocatoria, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria:

  • Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años: 5.000 euros.
  • Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años: 5.000 euros.
  • Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más: 3.800 euros.
  • Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más: 3.800 euros

En el supuesto de que las personas beneficiarias citadas en las letras anteriores desarrollen su actividad económica o profesional en un municipio de menos de 10.000 habitantes, la cuantía de la subvención se incrementará para cada medida, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria de la misma, quedando de la siguiente manera:

  • Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años: 5.500 euros.
  • Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años: 5.500 euros.
  • Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más: 5.000 euros.
  • Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más: 5.000 euros

El plazo de solicitud ya está abierto y finaliza el 30 de junio de 2026. A través de este enlace se puede ampliar la información y acceder a la convocatoria.

Para el acceso a la inscripción o cualquier tipo de consulta, Unión UATAE Andalucía está a disposición de sus asociados y asociadas. “Agradecemos que la Junta de Andalucía aporte su granito de arena para consolidar el autoempleo en nuestra Comunidad, pero esta Organización no dejará de luchar por los derechos que aún les faltan a estos y estas trabajadoras.”, declara Pepe Galván, Secretario General de Unión UATAE Andalucía. En esa lucha se encuentra el proyecto ‘Proyectando y consolidando el autoempleo en Andalucía. Tu plan’, que presentará la entidad a la Junta de Andalucía con el que fomentan y promocionan el trabajo autónomo en Andalucía.

Nueva línea de ayuda para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía

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